Impulsar la incorporación y uso de las tecnologías de la Información y la comunicación en las empresas guipuzcoanas, mediante ayudas que contribuyan a estimular determinadas inversiones que tengan por finalidad implementar tecnologías de la información y la comunicación en los diferentes procesos de los negocios, a fin de que puedan mejorar su competitividad, contribuyan a impulsar su crecimiento y eficiencia, o favorezcan la innovación empresarial especialmente en áreas como la gestión y el negocio electrónico.
Tipos de ayudas:
A) Ayudas para la implementación de aplicaciones en modelo ASP.
B) Ayudas para la incorporación de las microempresas a niveles básicos de inserción en la sociedad de la información.
C) Ayudas para el desarrollo e innovación de productos TIC.
Las subvenciones se abonarán en su totalidad a la conclusión de los proyectos. La solicitud de liquidación de subvención, deberá efectuarse dentro de los tres meses siguientes a la conclusión del proyecto objeto de subvención y comprenderá, al menos, la siguiente documentación:
a)En su caso, memoria del proyecto en la que acredite suficientemente los trabajos realizados.
b)Descargo económico: Con facturas y justificantes bancarios de los pagos correspondientes.
c)Certificados actualizados (cuya fecha no preceda en más de tres meses a la solicitud de liquidación) que acrediten el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
d)Dirección visitable de la web de la empresa.
2.Respecto de la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, la presentación de solicitud al programa de ayudas regulado por el presente Decreto Foral implica la autorización expresa para que el Departamento para la Innovación y la Sociedad del Conocimiento pueda, en su caso, realizar las comprobaciones oportunas.